ESCUDOS DE LAS AUTOMONIAS DE ESPAÑA
Una comunidad autónoma es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España,
está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así
como de la facultad de administrarse mediante sus propios
representantes.
La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución española de 1978.
El artículo 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las
regiones y nacionalidades que componen la Nación. El texto de la
Constitución establece los poderes que pueden ser asumidos por las
comunidades autónomas y aquellos que sólo se le pueden atribuir al
Estado. En cambio el mapa autonómico de España es fruto de los Pactos Autonómicos 1981 y 1992, nunca refrendados ni llevados a las Cortes.
La división política y administrativa de España tiene la forma de diecisiete comunidades autónomas, además de Ceuta y Melilla cuyos estatutos de autonomía les otorgan el rango de ciudades autónomas. Pese a que Navarra se constituye como comunidad foral entendiendo que su actual autogobierno emana de la Ley Paccionada de 1841
y del amparo a los derechos históricos consagrado por la Constitución, a
efectos prácticos la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha
equiparado el estatus de Navarra al del resto de las comunidades
autónomas.
CIUDADES AUTÓNOMAS
CEUTA
MELILLA
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